Se ha modificado el Reglamento de supervisión de las actividades energéticas y mineras con el fin de suprimir toda referencia a las competencias sobre supervisión y fiscalización en seguridad y salud en el trabajo, que fueron transferidas del Osinergmin al Ministerio del Trabajo, así como reforzar la función supervisora de dicho organismo sobre el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas relacionadas con subsectores de minería, electricidad e hidrocarburos. Así lo ha dispuesto el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) mediante la Resolucion Nº 185-2012-OS/CD, publicada el sábado 25 de agosto de 2012, que modifica los artículos 5 literal f), 8 numeral 8.3) y 13 numeral 13.1) del referido reglamento.
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